REVISTA CONAVA

Un encuentro con el Conocimiento
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Hace un tiempo luego de ver la película Tren nocturno a Lisboa1 me llevo en una búsqueda igual a la del personaje principal de esta historia por conocer más del autor del texto y me encontré con que el escritor se trataba de Peter Bieri filosofo y escritor suizo,






La industria marítima esta atravesado por una evolución, la cual está generando una transformación en la planeación, administración y es su operación propia; Es significativo recordar que la navegación por vía marítima es por esencia uno de los pioneros en el comercio internacional, existiendo evidencias arqueológicas, que sus orígenes datan del año 3.500 A.C.,




Desde los albores de la patria, Colombia Estado concebido como modelo de republica hace ya dos siglos, ha vivido de manera cíclica periodos convulsionados, es así como hoy después de más de 50 años de desgobierno, la deuda social de todas estas décadas ha hecho crisis con un enorme estallido social.





El Decreto 492 de 2020, por el cual se establecen medidas para el fortalecimiento del Fondo Nacional de Garantías (FNG)y se dictan disposiciones en materia de recursos, dictado en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, declarada mediante el Decreto 417 de 2020, establece que en función de la declaración de dicha emergencia por parte del Ejecutivo, le corresponde al gobierno adoptar las medidas necesarias para conjurar la crisis...




¿Es posible imputar al personal médico una responsabilidad penal por conductas que se pueden calificar como malas prácticas, o estas deben ser catalogadas como propias e inherentes al riesgo propio de su ejercicio profesional?






Se presenta el siguiente caso, un comerciante compró un vehículo, cuyo valor fue financiado con uno préstamo bancario, quedando el vehículo pignorado como garantía del crédito, la entidad bancaria exigió tomar un seguro para amparar, entre otras, el hurto del vehículo;  el auto fue hurtado mientras su propietario prestaba servicios de Uber.





Los dilemas éticos siempre están presentes en nuestro día a día, así no nos percatemos o lo hagamos inconscientemente, siempre que actuamos por acción o por omisión en cada una de nuestras decisiones, estamos adoptando una decisión ética, luego siempre acompaña nuestra vida.





En esta época de pandemia, es importante establecer, si el contagio del COVID 19 en el cumplimiento del contrato laboral debe considerarse como enfermedad profesional, y los derechos que adquiere el trabajador ante tal situación.







El advenimiento de la COVID-19 suscito un cambio drástico en la sociedad, la cual se encontraba en un frenesí del mercado globalizado, ampliación del espectro turístico y una sociedad liquida de consumo, todo se conjugaba en la mejor demostración del capitalismo como lo conocíamos; Con la llegada de esta pandemia, todo tendrá que replantearse debido a que estamos experimentado algo nuevo para la humanidad sin referente alguno;



La cláusula Rebus sic stantibus (estando así las cosas), es un instrumento de flexibilización económica, que permite poder restablecer el equilibrio contractual de las prestaciones pactadas, cuando ha sobrevenido una alteración de las condiciones concurrentes a la celebración del contrato, por lo que resulta idónea para apaliar la crisis irresistible e imprevisible...



Una nueva sociedad del riesgo que no llego a concebir el sociologo aleman Ulrich Beck, en la que hoy el terrorismo ha sido superado por el terror que produce el virus del Covid 19, que desde que se tiene noticia de su aparicion ha causado la muerte de mas de un cuarto de millon de personas en el mundo, enfrentando en la primera linea a los equipos de salud sin el armamentismo necesario que permita garantizar la derrota del enemigo invisible.



A raíz de la tremenda pandemia que nos apareció producida por un nuevo virus y que está invadiendo al mundo entero con una mortalidad muy importante se ha realizado la labor médica y por ello se ha decidido denominarlos los héroes de la pandemia y se destaca en forma importante la falta de medidas de seguridad que no poseen para ejercer su riesgosa labor en la atención de los contagiados y enfermos.



Ya son innumerables las crónicas con los testimonios y las ofrendas que nos narran hoy, desde los distintos rincones del planeta infestado por el virus moderno, la valiente lucha de profesionales de la salud arriesgando sus propias vidas para salvar la nuestra. Profesionales de la salud que un día hicieron un juramento, enfrentados hoy a un virus que se contagia sin distingo de edad, rango, ni título, en el que todos somos vulnerables.


Una somera revisión de la literatura especialmente colombiana sobre el consentimiento informado permite establecer varios puntos esenciales que siempre se deben tener en cuenta en la atención del paciente y en la implementación del documento escrito para evitar caer en situaciones jurídicas de responsabilidad médica que puedan terminar en condenas o en procesos legales de larga evolución.



Hace un buen tiempo, corría el año 2001, participábamos como conferencista en el Encuentro Nacional de la Asociación Colombiana de Derecho de Seguros dentro del marco de Desafíos para el Seguro, el Reaseguro y la Responsabilidad en el siglo XXI. Sobre la protección al consumidor en el seguro y el reaseguro.





En la responsabilidad médica está presente, como en ningún otro ámbito, la exigencia de la culpa de cara a la imputación o atribución de la responsabilidad.






Cuando un asegurado enfrenta un proceso verbal por responsabilidad civil, tiene la posibilidad de llamar en garantía a su aseguradora, con el objeto que en la sentencia que fuere condenatoria, el juez resuelva sobre el reembolso, total o parcial, que ésta deba efectuarle con ocasión de la obligación indemnizatoria derivada del contrato de seguros que sirvió de fundamento para vincular a aquélla al proceso.


La Corte Constitucional en sentencia C- 556 de 2001, al analizar la prescripción en materia disciplinaria, la definió como un "instituto jurídico liberador", que opera por el transcurso del tiempo y cuya consecuencia, no es otra, que la pérdida de la facultad sancionatoria por parte del Estado.





Para cierto grupo de abogados millennials resulta curioso cómo en otras épocas los profesionales del derecho empleaban técnicas de argumentación y a su vez de impulso procesal en su práctica profesional. En este último caso por parte de los empleados de la rama judicial.




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